Un día como hoy pero ayer y antes de ayer, el hijo del compañero Hugo del Carril le metió un escrito a la jueza Servini de Cubría (que es burubudía sólo cuando se mete con la libertad de expresión de alguien que no es peronista) y logró una oleada mediática digna de aparecer en el libro de Record Guinness bajo el capítulo titulado "Pelotudeces tan payasescas que nunca deberían haber alcanzado el status de noticia". Sin embargo, apenas Néstor terminó de hablar hoy y -obviamente- se empezó a escuchar la marchita, el videograph de TN se puso rojo, rojísimo, por el "desafío" que significa que el TITULAR DEL PARTIDO JUSTICIALISTA DE LA REPUBLICA ARGENTINA, es decir, el PRESIDENTE DEL PJ, haya desestimado las advertencias de Huguito.Las impugnaciones a nuestros símbolos son parte del folklore del Teatro de la Historia Peronista, y su función es absolutamente necesaria para la prosecusión de los fines justicialistas. Así como Patrón Costas cumplió una función simbólica de ineludible relevancia, también Huguito entra en la colección de ortibas de la cual el Movimiento se nutre.
Los Autores se suman a la movida Casullesca de aconsejar a quien no pide consejos y proponen urgentemente el dictado del siguiente Decreto de Necesidad y Urgencia:
VISTOQue dia peronista que sería ¿no?.
Que, la Sentencia N° XXXX/2009 del Juzgado Electoral Federal a cargo de la Jueza de la Nación DOÑA MARÍA ROMILDA SERVINI DE CUBRÍA, por medio de la cual se prohíbe injustament la reproducción de la Marchita Peronista que el Compañerazo Hugo del Carril haya interpretado oportunamente para el beneplácito del Pueblo de la Nación, y;
CONSIDERANDO
Que, semejante sentencia constituye en sí mísma una afrenta al más puro sentido común, argentino y peronista;
Que, ante esta situación, el P.E.Nac.yPop. no puede de ninguna manera (y manero) obviar la indignación que semejante aberración jurídica provoca en el sano sentir del pueblo argentino;
LA PRESIDENTA DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA
Art. 1: Expropiesé todo derecho de autor que recaiga sobre la pieza musical denominada "Los Muchachos Peronistas", también conocida bajo la denominación de "La Marchita", en su versión interpretada por el Sr. Hugo del Carril (Atento Zanini, insertar acá datos de patente, etc).
Art. 2: Páguese la suma de 2.000.000 de pesos moneda nacional al Ortiba de Hugo del Carril (H). Aunque sea esta una retribución injusta, el tamaño de la suma obedece a dos razones de Estado, a saber: primera, que la marchita es una creación intelectual superior que merece una cotización de mercado elevada, en tanto que no puede ser atribuíble a la creación artística las deficiencias intelectuales y morales de su actual dueño, siendo este desperfecto propio del sistema capitalista (vg. caso Tía-De Narváez) y del instituto jurídico de la herencia; y segunda, el proyecto nacional se fundamenta en un nacionalismo sano, una intervención razonable, y por eso garpamos bien las expropiaciones.
Art. 3: Archivesé, ló, a él.
