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4/6/09

DNU Nac&Pop

Un día como hoy pero ayer y antes de ayer, el hijo del compañero Hugo del Carril le metió un escrito a la jueza Servini de Cubría (que es burubudía sólo cuando se mete con la libertad de expresión de alguien que no es peronista) y logró una oleada mediática digna de aparecer en el libro de Record Guinness bajo el capítulo titulado "Pelotudeces tan payasescas que nunca deberían haber alcanzado el status de noticia". Sin embargo, apenas Néstor terminó de hablar hoy y -obviamente- se empezó a escuchar la marchita, el videograph de TN se puso rojo, rojísimo, por el "desafío" que significa que el TITULAR DEL PARTIDO JUSTICIALISTA DE LA REPUBLICA ARGENTINA, es decir, el PRESIDENTE DEL PJ, haya desestimado las advertencias de Huguito.

Las impugnaciones a nuestros símbolos son parte del folklore del Teatro de la Historia Peronista, y su función es absolutamente necesaria para la prosecusión de los fines justicialistas. Así como Patrón Costas cumplió una función simbólica de ineludible relevancia, también Huguito entra en la colección de ortibas de la cual el Movimiento se nutre.

Los Autores se suman a la movida Casullesca de aconsejar a quien no pide consejos y proponen urgentemente el dictado del siguiente Decreto de Necesidad y Urgencia:
VISTO

Que, la Sentencia N° XXXX/2009 del Juzgado Electoral Federal a cargo de la Jueza de la Nación DOÑA MARÍA ROMILDA SERVINI DE CUBRÍA, por medio de la cual se prohíbe injustament la reproducción de la Marchita Peronista que el Compañerazo Hugo del Carril haya interpretado oportunamente para el beneplácito del Pueblo de la Nación, y;

CONSIDERANDO

Que, semejante sentencia constituye en sí mísma una afrenta al más puro sentido común, argentino y peronista;

Que, ante esta situación, el P.E.Nac.yPop. no puede de ninguna manera (y manero) obviar la indignación que semejante aberración jurídica provoca en el sano sentir del pueblo argentino;

LA PRESIDENTA DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA

Art. 1: Expropiesé todo derecho de autor que recaiga sobre la pieza musical denominada "Los Muchachos Peronistas", también conocida bajo la denominación de "La Marchita", en su versión interpretada por el Sr. Hugo del Carril (Atento Zanini, insertar acá datos de patente, etc).

Art. 2: Páguese la suma de 2.000.000 de pesos moneda nacional al Ortiba de Hugo del Carril (H). Aunque sea esta una retribución injusta, el tamaño de la suma obedece a dos razones de Estado, a saber: primera, que la marchita es una creación intelectual superior que merece una cotización de mercado elevada, en tanto que no puede ser atribuíble a la creación artística las deficiencias intelectuales y morales de su actual dueño, siendo este desperfecto propio del sistema capitalista (vg. caso Tía-De Narváez) y del instituto jurídico de la herencia; y segunda, el proyecto nacional se fundamenta en un nacionalismo sano, una intervención razonable, y por eso garpamos bien las expropiaciones.

Art. 3: Archivesé, ló, a él.
Que dia peronista que sería ¿no?.

12 comentarios /:

El Quilla dijo...

Como es posible que los hijos tengan mas derecho sobre los himnos del pueblo, que el pueblo mismo, si este gil no hizo nada creativo ni honroso en su vida, y como si no fuera ya suficiente la pequeñez de alma, ahora prohíbe a los primeros sucesores del peronismo peronista de Perón, interpretar la marcha que su padre (que le heredo muy poco del sentimiento peronista), supo enaltecer de modo único.

raúl lasa dijo...

¿De qué derechos de autor se habla si la Marcha es anónima? A lo sumo lo que cobra del Carril(h) es el derecho de intérprete. Y no por él, que cantando es un perro, sino por su admirado viejo, que -como dijo el Aníbal Fernández de Rucci-, se debe estar tirando de los pelos viendo lo que está haciendo y diciendo su retoño en el más acá...

Silvia Ca dijo...

Flor de dia peronista sería! para festejar con un buen asado con piso de parquet (ofrezco el de mi casa).
la marcha deberia ser patrimonio de la humanidad! y de canto obligatorio en los actos escolares del 17 de octubre (fecha patria no reconocida)

y en medio de este lio, un homenaje a Don Hugo por militante y compañero.

vatti dijo...

Las encuestas del diario de la trompetita.
¿Cómo vería ud. que este boludo del orto, inicie un circuito informativo, arrancando por Villa Diamante, Villa Fiorito, Gerli, Monte Chingolo…exponiendo a los muchachos los aspectos legales de su pretendida apropiación?:
A.- Un poquito conveniente.
B.- Conveniente.
C.- Muy conveniente.
D.- Un día peronista.

Jota dijo...

DE FORMA!

jmp dijo...

acorde a los tiempos digo:
hijo e`tigre es, pero... ¡flor de pelotudo!

Anónimo dijo...

EVITACAPITANA:
QUE POBRE HOMBRE !!! ESTE SEÑOR LO UNICO QUE HEREDO DE SU PADRE FUE EVIDENTEMENTE EL APELLIDO. SEGUN ESTE ENERGUMENO, MENEM SI ERA PERONISTA ( DEBE SER ESPECIALMENTE CUANDO SE ABRAZABA CON ROJAS O VENDIA AL PUEBLO AL MEJOR POSTOR). TAMBIEN AFIRMA QUE ELNARCOLORADO PUEDE TOCARLA PORQUE ESE SI ES PERONISTA (DE COMO HACE 5 SEGUNDOS). REALMENTE PATETICO. PERO QUE SE CREERA ESTE PERSONAJE QUE VA A PODER PROHIBIR AL PUEBLO TOCAR LA MARCHA. JUSTO A MI QUE HASTA EN EL CUMPLEAÑOS DE 15 AÑOS DE MI HIJA SE TOCO LA MARCHA FRENTE A LA MIRADA REPROBATORIA DE MI LAMENTABLEFAMILIAGORILAPOLITICA.QUE SE VAYA A HACER GARGARAS CON ALCANFOR!! POR FAVOR!!

Unknown dijo...

Y seguro que le vende los derechos al nabo de Corcho Rodriguez para hacer la peli...

Anónimo dijo...

Compañeros y compañeras: aca va un art que encontré en un blog sobre este tema. Las cuestiones de propiedad intelectual no las tengo muy claras, pero me parece que doña María Romilda tampoco porque si todo esto es realmente así se equivocó grosso o es una mera chicana... Alguien sabe si efectivamente la ley de propiedad intelectual vigente da la exclusividad a los interpretes sólo por 50 años desde la grabacion??? Recordemos que don Hugo del Carril NO ES EL AUTOR DE LA MARCHITA, solo la interpreto para su grabacion en el 49, con lo cual los 50 años estarían mas quepasados no??? Bueno si alguien sabe estaria bueno que pase la data que hagamos una movida que defendamos el verdadero peronismo (sabian que hoy el hijito de don hugo canto la marchita en un acto de Union Pro?? Tomá mate!!!) Peronista es el pueblo y los derechos adquiridos como nuestra marchita no pueden resignarse ni ser arrebatados solo defendidos!!!!!

Paso la dire del blog (con tanta cuestion de propiedad intelectual!!!) http://partido-pirata.blogspot.com/2009/06/la-marcha-peronista-derechos-de-autor.html

Hoy aparece en todos los diarios la noticia de que Hugo del Carril (hijo) le impidió al kirchnerismo la utilización de la marcha peronista cantada por el célebre cantor de tangos argentino...

...el hijo del cantor pidió a la Jueza Servini de Cubría, con competencia electoral, que impida el uso de la marcha peronista cantada por Del Carril al Kirchnermismo. Huguito dijo que ““Kirchner no es peronista, no tiene nada que ver con el peronismo que me enseñó mi papá. No quiero que esta gente se aproveche de la canción de mi viejo. Si lo hacen, les voy a hacer juicio”,...

Pero acá entra un dilema existencial: Puede, Hugo del Carril Hijo, amparado en el derecho de autor y conexos, impedir el uso de la marcha peronista al actual sector que lidera el partido? ...


...qué derechos asisten a Huguito del Carril? A decir verdad, parece que pocos. Según Wikipedia, la marchita habría sido cantada por primera vez en la Casa Rosada en 1948, y su autor es anónimo. La versión de Hugo del Carril data de 1949. No está debidamente probado que Hugo del Carril haya sido el autor de la marcha.

Entonces, si la marcha es de autor anónimo, el derecho que asiste a Huguito es el derecho de interpretación, no de autoría. Según ADPIC, los derechos sobre ïnterpretaciones” expiran 50 años después de la debida grabación. Los derechos conexos (derechos de los productores, los intérpretes y los radiodifusores) regulados por la convención de Roma tienen 20 años de plazo de monopolio, que fueron extendidos a 50 años por el Acuerdo de Aspectos de Propiedad Intelectual Vinculados al Comercio (ADPIC) de OMC (Organización Mundial del Comerio).

Entonces, concluyendo: el registro de Hugo del Carril que data de 1949 tiene ya 60 años y por tanto debería estar en el dominio público. Huguito, a no ser que se pueda probar que Hugo del Carril (Padre) fue el autor (en ese caso, lo ampararían derechos por 70 años post-morten), no habría razón jurídica de peso para impedir que K use la marchita cantada por Del Carril.

Entiendo, por lo que he leido en el Diario, que Huguito del Carril (el diminutivo es sólo para distinguirlo de su padre) se opone al uso de esa versión para que no quede ligado su padre al kirchnerismo, por lo que descuento que sólo debería tener los derechos sobre ese fonograma y no sobre la obra como tal (la letra y la música).

...no tengo idea de la cosa legal que haya usado Servini de Cubría para darle la razón a Del Carril Hijo sobre esto. Pero en principio me animo a decir que Huguito no puede impedir el uso de la marcha por parte de nadie. Me animo a agregar que la resolución de Servini de Cubría “donde quedó establecido que los derechos de la marcha cantada por su padre le pertenecen en exclusiva a su familia”, carece de sustento legal y es una privatización de facto del dominio público. Alguien debería apelarlo antes de que siente un precedente dañino más allá de este caso en particular.

Meursault dijo...

No van a poner nada de la paliza que le dió ayer Chiche Gelblung (de a momentos "uno de esos peronistas que no se reconocen así mismos como lo que son") a Margarita en el programa de Majulito? jeje...

un boga compañero dijo...

Anonimo del 5/6 22:03, te paso algunas consideraciones a tener en cuenta:
1) En primer lugar lo que reclama Hugo del Carril (h) es lo que se llama derechos morales sobre la interpretacion de su padre, en ese sentido el art. 56 de la Ley 11.723dice "El intérprete de una obra literaria o musical está facultado para oponerse a la divulgación de su interpretación, cuando la reproducción de la misma sea hecha en forma tal que pueda producir grave e injusto perjuicio a sus intereses artísticos.", y el artículo 5° de esa ley extiende todos los derechos de la ley hasta 70 años posteriores a la muerte del causante (en este caso Hugo del Carril padre)
2) Este reclamo no lo hizo a traves de una demanda judicial por derechos de autor sino en el marco de la Audiencia de Símbolos, que es un paso del procedimiento electoral en donde las distintas listas oficializadas expresan que símbolos van a utilizar en sus boletas y las otras listas pueden impugnar alguno de ellos, se debate sobre el particular y se el juez resuelve (un ejemplo fue el eslogan "la gente de Cobos" que pretendia usar el Acuerdo Civico y Social de Mendoza, fue impugnado por el FPV y el juez resolvio que no podian usar)
3)El FJPV habia solicitado inscribir como símbolo propio la Marchita en general y la version de H.del Carril en particular y lo que dijo Servini es que la Marchita efectivamente es un Símbolo del PJ (y por tanto del FJVP) pero que la version de HdC no podia inscribirse como símbolo del PJ porque en SADAIC figura como propiedad de los Herederos de HdC
4)Entonces el fallo no prohíbe la utilización de la marcha, sino que no permite que ESA versión de Hugo del Carril, sea registrada como símbolo del PJ.
5) Por otra parte, mientras se paguen los derechos a SADAIC (creo que son $50 por acto público) se puede pasar la version de HdC tantas veces como se quiera, al menos hasta que "Hugito" inicie y gane (si es que la gana) la demanda por la vía prevista en la Ley 11723, pero no puede obiarse que esa misma ley permite, en determinados casos, la representacion de una obra, aún contra la voluntad de los herederos del autor.
Yo creo que todo el sainete viene de que "Hugito" queria que gatillen en SADAIC, porque en la practica (ademas de salir en la Tele 10 minutos) es lo único que consiguio...

una abrazo compañero

Unknown dijo...

Si les interesa un compañero "no peronista" pero muy buen amigo, persona y músico tocó para nuestro beneplácito una versión de la marcha con rasgos de cumbia, esto no debe sorprendernos ya que nuestro movimiento es Popular por lo que le correspondía desde hace rato un ritmo popular.
Se llama Pablo Gómez, músico de "Pablo el enterrador". Como corresponde a un músico de ley y comprometido no tiene restricciones de uso, es de libre difusión. "Aprendé gil..."
Si la quieren escuchar hacer click
aca
O sino, versión ringtone